Guayana Esequiba: aves, biodiversidad y conservación

Rafael Gianni / domingo, 28 de diciembre de 2014 (actualizado el 21 de agosto de 2021)

Venezuela es uno de los 10 países megadiversos del mundo. Es decir, nuestro nación está caracterizada por una fracción desproporcionada de la biodiversidad del planeta presente en nuestros espacios geográficos, hecho que la hace muy atractiva para el desarrollo del ecoturismo, actividad esta que en otros países representa un cuantioso ingreso equivalente a millones de dólares anuales. Tan sólo con llevar a cabo debidamente la actividad conocida como 'observación de aves' o 'birding' (en idioma inglés), estaríamos incrementando exponencialmente los ingresos de divisas no petroleras por concepto del aprovechamiento del aviturismo. La Guayana Esequiba venezolana forma parte fundamental de esas proyecciones.

Nuestro país y en el caso específico de aves, cuenta con 47 especies endémicas (CRAV-UVO). El número total para Venezuela (hasta el día de actualización de este artículo) es de 1403 (Unión Venezolana de Ornitólogos-UVO) entre especies residentes y migratorias (incluyendo las endémicas mencionadas anteriormente por supuesto), que se pueden observar durante todo el año (sin contar las presentes en nuestro Territorio Esequibo). La lista oficial de aves para nuestro país es elaborada por el Comité de Registros de la UVO, el cuál desafortunadamente (al igual que en otros listados) no incluye las especies reconocidas para nuestra Guayana Esequiba. Por esta razón y en mi opinión, el número total mencionado es parcial.

Considerando los trabajos taxonómicos en desarrollo y el incremento de investigaciones de campo tanto a nivel profesional como en el de observación de aves e investigación independiente, veremos seguramente que en los próximos años el número total de especies de aves se incrementará ligeramente. 

Lista de los seis primeros países con más especies de aves registradas, agosto 2021:

Venezuela 1403 especies (según lista oficial UVO, taxonomía Clements et al. 2021)

Para listas SACC-AOS, taxonomía Dickinson 2003

Colombia 1853 especies
Perú 1830 especies 
Brasil 1825 especies
Ecuador 1651 especies 
Bolivia 1400 especies

* SACC-AOS = South American Classification Committee, American Ornithologists' Union


Por tal razón, recomiendo se lleven a cabo las siguientes acciones:

1.- Se elaboren diversas comunicaciones emitidas por instituciones académicas públicas y privadas, asociaciones civiles sin fines de lucro, fundaciones, etc.; dirigidas a la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Fronterizos-Oficina de Fronteras del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (correo electrónico: dstfronteras@gmail.com), destacando la importancia, la obligación y el rol fundamental que tiene el Estado venezolano de emprender acciones en nuestra Guayana Esequiba para la protección, estudio y conservación de los ecosistemas y biodiversidad presentes en la zona; basándose en primer término en los artículos 1°, 3°, 4°, 5°, y 7°, correspondientes al Título I (Principios fundamentales); y a los artículos 10°, 11°, 13° y 15° relativos al Título II (Del espacio geográfico y la división política), Capítulo I (Del territorio y demás espacios geográficos) de nuestra constitución nacional vigente.

Comentario: se realizaron cambios importantes en la definición del espacio geográfico venezolano. En este sentido, se adoptó la expresión más amplia de espacio geográfico para sustituir la de territorio. En efecto, espacio geográfico alude a los espacios continentales, insulares y marítimos, quedando el territorio como componente del primero de los citados. Sin embargo, no se altera la determinación del espacio geográfico nacional al reiterar la versión tradicional de la Constitución del año 1830 y que se repite hasta la de 1961, es decir, el que correspondía a la Capitanía General  de Venezuela para el 19 de abril de 1810. No obstante, se agregó la frase con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad. Con ello se corrige la omisión del Congreso Constituyente de 1961 con relación a los laudos y arbitrajes determinantes de nuestras fronteras actuales, como son los de los años 1865, 1891, 1899 y 1922, y se establece de una manera categórica que Venezuela no reconoce los laudos viciados de nulidad, como es el caso del Laudo de París de 1899 que despojó a Venezuela del espacio situado en la margen occidental del Río Esequibo. Por otra parte, se deslinda conceptualmente el espacio insular como parte de la organización politico-territorial de Venezuela y como espacio sujeto a la soberanía venezolana. Por tal razón se mencionan las islas por sus nombres y se extiende en ámbito de la soberanía hasta las demás islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro de los límites de la zona económica exclusiva [fuente: Valarino Uriola, M. y Brandt Graterol, L. (Coord.) (2008). Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (6a. reim., 1a ed.) Caracas. LEGIS].

2.- De igual forma, sugiero preparar y entregar escritos al Comandante General de componente Ejercito de nuestra Fuerza Armada Nacional, con el propósito de que se le haga llegar a los efectivos militares acantonados en las bases de seguridad territorial de la Isla de Anacoco y San Juan de Venamo (ubicadas en el municipio Sifontes del estado Bolívar) para en primer término, concienciar a los uniformados sobre el tema y en segundo para que, de obtener información relevante e importante con respecto a temas medioambientales ligados al área, se notifique formalmente a través de oficio o comunicación oficial a su comando para posterior análisis y estudio. En tal sentido, hacemos mención a la visita hecha por el ex Comandante General del Ejército Venezolano, Alexis Ascensión López Ramírez el día sábado 13 de septiembre de 2013 a nuestro territorio Esequibo, expresando «...los militares están para "defender la soberanía, con la convicción de que el Esequibo es nuestro. Entendemos que hay una situación en la cual el territorio está sometido al Acuerdo de Ginebra y que hay que esperar una solución".» [fuente: Theis, R. (2013, septiembre 19). Comandante del Ejército visitó límite con el Esequibo. El Universal, ed. digital].

3.- Al mismo tiempo, invito a entregar comunicaciones al Ministerio de Ecosocialismo-Minec y a la Asamblea Nacional de la República (Comisión Permanente de Política Exterior, Soberanía e Integración) destacando la importancia, la obligación y el rol fundamental que tiene el Estado venezolano, de emprender acciones en nuestra Guayana Esequiba para la protección, estudio y conservación de los ecosistemas y biodiversidad presentes en esos espacios geográficos, basándose en primer lugar en los artículos 1°, 3°, 4°, 5°, y 7°, correspondientes al Título I (Principios fundamentales); y a los artículos 10°, 11°, 13° y 15° relativos al Título II (Del espacio geográfico y la división política), Capítulo I (Del territorio y demás espacios geográficos) de nuestra Constitución Nacional vigente.

4.- Fomentar nuestra presencia permanente y regular en esos 159.830 km² de territorio rico en bosques en conjunto con las autoridades militares y civiles venezolanas, impulsando y llevando a cabo diversas actividades como investigaciones científicas. Exigir al Estado venezolano la ocupación y administración efectiva de nuestra Guayana Esequiba.

5.- Detener a Guyana en su proceso de invasión de nuestro Territorio Esequibo, exigiendo a nuestro Estado venezolano emprender acciones orientadas con ese fin.

6.- Incluir en las listas de aves para Venezuela, las especies reconocidas y validadas para nuestra Guayana Esequiba. 


Cita recomendada

Gianni, R. (2014): Guayana Esequiba: aves, biodiversidad y conservación Recuperado de: http://4m5dx-eco.blogspot.com/p/guayana-esequiba-aves-biodiversidad-y.html (Consultado el [fecha])


Documentos y enlaces de interés

Comunicado sobre el problema del Esequibo - Academia Nacional de la Historia, 28-10-2011

Acuerdo de Ginebra - 1966

Declaración de la Academia Nacional de la Historia de Venezuela, acerca de los límites de Venezuela con la Guayana Británica. 12 de agosto de 1965

Laudo Arbitral de París

Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MPPE-Venezuela): Comunicado - 11 de octubre de 2013

Catálogo especies de aves Guayana Esequiba venezolana (registros cargados en iNaturalist.org)



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